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CSUR

CENTROS, SERVICIOS Y UNIDADES DE REFERENCIA (CSUR)
CENTROS, SERVICIOS Y UNIDADES DE REFERENCIA (CSUR)

Se reconocen como CSUR los centros sanitarios, servicios o unidades de referencia que dedican fundamentalmente su actividad a la atención de determinadas patologías o grupos de patologías que cumplen una o varias de las características establecidas en el Real Decreto 1302/2006.

Un CSUR de un servicio o unidad de referencia es el que se dedica a la realización de una técnica, tecnología o procedimiento o a la atención de determinadas patologías o grupos de patologías que cumplen una o varias de las características establecidas en el Real Decreto 1302/2006, aunque este servicio o unidad atienda otras patologías para las que no sería considerado de referencia. Un CSUR debe:

  • Dar cobertura a todo el territorio nacional y atender a todos los pacientes en igualdad de condiciones independientemente de su lugar de residencia.
  • Proporcionar atención en equipo multidisciplinar: asistencia sanitaria, apoyo para confirmación diagnóstica, definir estrategias terapéuticas y de seguimiento y actuar de consultor para las unidades clínicas que atienden habitualmente a estos pacientes.
  • Garantizar la continuidad en la atención entre etapas de la vida del paciente (niño-adulto) y entre niveles asistenciales.
  • Evaluar los resultados.
  • Dar formación a otros profesionales.

Los centros, servicios y unidades de referencia (CSUR) que actualmente tiene reconocidos el Hospital son: